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El Corredor de Seguros es el profesional que trabaja para conseguir las ofertas de seguros que mejor se adapten a las necesidades de sus clientes, gestionando la contratación definitiva de sus pólizas y asistiéndoles, asesorándoles y ayudándoles en todos los trámites y gestiones posteriores, especialmente en caso de producirse un siniestro.
Contratar los seguros a través de un Corredor ofrece a los asegurados plena garantía de seguridad y calidad por ser una figura regulada legalmente y por estar su actividad sometida a un permanente control por parte de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones-DGSFP.
Los Corredores cuentan con un departamento que atiende y resuelve las quejas y reclamaciones que sus clientes pudieran presentar. Este servicio representa una garantía más de la transparencia y seguridad que tienen todos los asegurados que contratan sus pólizas a través de los Corredores y Correduría de de Seguros.
La Formación del Corredor está regulada por Ley y es una garantía más para que sus clientes se beneficien de un asesoramiento actualizado y cualificado. Para poder ejercer su actividad profesional, deben superar un curso de formación o una prueba de aptitud que les capacite en materias financieras y de seguros privados. Este Curso cuenta con los requisitos establecidos por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones-DGSFP.
Por regla general, los Corredores reciben sus ingresos económicos de las Aseguradoras y se obtienen de los corretajes de las pólizas contratadas con su intervención, no suponiendo ningún coste extra para sus clientes, sino más bien un ahorro indirecto por el servicio recibido.
A través del ANÁLISIS OBJETIVO, el cliente tiene la seguridad de que su Corredor va a analizar siempre un mínimo de tres ofertas para que juntos estudien y elijan aquélla que mejor se adapte a sus necesidades.
El Corredor asiste a su cliente a lo largo de toda la vida del Contrato: en los trámites de gestión de los contratos y en las gestiones con las Compañías para la tramitación de sus siniestros.
Los Corredores de Seguros NO mantienen relación o vinculación contractual con las Compañías Aseguradoras que suponga afección de ningún tipo con ellas.
El Corredor puede ofrecer productos de cualquier Compañía que opere en el Mercado de forma que el cliente siempre podrá disponer de una gran variedad de ofertas y encontrar el mejor precio y producto que mejor se adapte a sus necesidades.
Los Corredores están inscritos en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones-DGSFP, organismo que les supervisa e inspecciona permanentemente controlando que su operativa se sujete a la Ley.
Ante la frialdad de otros canales de venta directa el Corredor aporta siempre esa cercanía que permite al cliente expresar sus necesidades en un ambiente de tranquilidad y confianza.
La ley otorga a los Corredores la facultad de representar a sus clientes y defender sus intereses frente a las aseguradoras con plena capacidad de negociación en todo lo relacionado con sus seguros.